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Las nuevas normas para el trámite de la residencia generan temor y caos en las comunidades inmigrantes

  • Foto del escritor: Alma Contreras
    Alma Contreras
  • hace 2 horas
  • 5 min de lectura




Por Alma Contreras




La administración Trump generó mucha ansiedad y caos en la comunidad inmigrante cuando el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) emitió un memorando que exige a los inmigrantes que solicitan la residencia permanente (conocida como ajuste de estatus) que presenten su solicitud desde sus países de origen, en lugar de hacerlo dentro de los EE. UU. El memorando contempla algunas excepciones para solicitantes con “circunstancias extraordinarias”, pero deja dichas interpretaciones a discreción del funcionario consular.


Esta política ha generado temor en la comunidad inmigrante, ya que miles de personas consideran abandonar los EE. UU. para solicitar la residencia en el extranjero. Quienes hayan permanecido en el país más tiempo del permitido por su visa corren el riesgo de sufrir una prohibición de reingreso de 10 años.


Los invitados a la rueda de prensa de American Community Media analizaron a quién afecta el nuevo memorando, incluyendo a los titulares de visas de trabajo y de reunificación familiar, entre otros. También abordaron la legalidad del memorando, que omitió el proceso reglamentario habitual.



Jeff Joseph, presidente de la Asociación Estadounidense de Abogados de Inmigración comento que es muy importante que se transmita el mensaje correcto, porque hay mucho pánico en torno al memorando. El 21 de mayo de 2026, el USCIS emitió un memorando titulado: El ajuste de estatus es una cuestión de discreción y gracia administrativa, y se refiere a un alivio extraordinario que permite a los solicitantes prescindir del proceso consular ordinario de visa, fue emitido como un memorando de política y entregado a las oficinas regionales como instrucciones para la resolución de casos. 


El ajuste de estatus no es un recurso extraordinario, es algo previsto específicamente en la ley, en la sección 245 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. El Congreso lo ha establecido como una vía legal hacia la residencia permanente. Existe en igualdad de condiciones con el procesamiento consular como un método diferente para obtener la tarjeta de residencia, la única diferencia es que el procesamiento consular se realiza fuera del país, el ajuste de estatus se realiza dentro del país. También es importante señalar que el término “gracia administrativa” tiene una aplicación histórica en el memorando de política del USCIS. A diferencia de cómo se formula en este memorando, la gracia administrativa se define específicamente como digna de consideración favorable. 


En cuanto al alcance del estatuto, debería limitarse solo a quienes se ajustan bajo la sección 245 del estatuto. Esto es importante porque los solicitantes de asilo y los refugiados ajustan su estatus bajo una disposición completamente diferente del estatuto, la sección 209. En segundo lugar, los inmigrantes especiales menores no pueden acogerse al proceso de conversión y el memorando especifica que no se aplica a las personas que no son legalmente elegibles para la conversión. Por lo tanto, los inmigrantes especiales menores no deberían verse afectados. 


Hay ciertos tipos de personas que ajustan su estatus de manera no discrecional. Por ejemplo, los NARA, los refugiados, los haitianos bajo la Ley de Alivio y Legalización de los Haitianos, las personas que están ajustando su estatus en un tribunal de inmigración tampoco deberían verse afectadas por este memorando porque este específicamente se aplica a las decisiones del USCIS, no del tribunal de inmigración.


Jeff Joseph cree que cuando esta administración fue elegida, lo fue con un mandato, y ese mandato era acabar con la inmigración ilegal, y su enfoque estaba realmente en la frontera, y lo han logrado de manera efectiva, muy pronto se vio que eso se convirtió en una aplicación de la ley en el interior del país. El memorándum en sí no indica una fecha de entrada en vigor, pero se implementó de inmediato. 


Xiao Wang, cofundador y director ejecutivo de Boundless Immigration, comento que la guía histórica para los funcionarios del Departamento de Estado y los agentes del Servicio Civil no es juzgar el amor verdadero. Los casos matrimoniales generalmente se han juzgado bastante rápido y con éxito en el pasado y, los casos que están surgiendo ahora de personas que entraron con una visa de turista, o de estudiante y luego se quedaron más tiempo del permitido por esa visa tienen entrada legal como antes y luego se casan con un ciudadano estadounidense y solicitan el ajuste de estatus. Históricamente, ha existido este concepto de una regla de 90 días, donde el gobierno entiende que la vida y los planes de las personas cambian.


Por otro lado, como en el caso de las personas que, dijeron que habían sido completamente sinceras al ingresar con una visa temporal de no inmigrante, como una visa de turista, y ahora solicitan el ajuste de estatus con su cónyuge, deberían hacerlo en su país de origen y a través del proceso consular. Estos casos han demostrado claramente que el proceso actual de adjudicación posterior a la notificación está cambiando. 


Julia Gelatt, directora asociada del Programa de Política de Inmigración de EE. UU. en el Instituto de Política Migratoria, comentó que cada año cientos de miles de personas obtienen la tarjeta de residencia a través de un cónyuge o un padre o un hijo que sea ciudadano estadounidense y este memorándum genera dudas sobre si el ajuste de estatus a este alto nivel a través de relaciones familiares con ciudadanos estadounidenses puede continuar. 


El propósito de la visa de prometido/a es venir a los Estados Unidos, casarse y luego solicitar una tarjeta de residencia permanente a través del cónyuge, existen muchas visas temporales de trabajo y de estudiante, como la visa H1B y la visa de estudiante F1. Las personas llegan con esas visas y, después de unos días, unas semanas, unos meses, unos años o varios años en Estados Unidos, pueden enamorarse de un ciudadano estadounidense, casarse y solicitar la residencia permanente (green card) a través de su cónyuge.  


Están otras personas que llegan a Estados Unidos con una visa temporal, (turistas o visa de trabajo), o llegan con algo llamado permiso humanitario, y luego su estatus termina, pero se quedan en los EE. UU. de todos modos y se enamoran de un ciudadano estadounidense, se casan. Antes, siempre y cuando su entrada inicial a los Estados Unidos fuera legal, podían obtener una tarjeta de residencia a través de su cónyuge ciudadano estadounidense, aunque estuvieran en situación irregular. Según el nuevo memorando, los oficiales de inmigración pueden usar su criterio para reconsiderar si estas personas deberían poder obtener una tarjeta de residencia dentro de los EE. UU. en lugar de ir al extranjero. 


Las personas que están en la situación más difícil son las que ahora viven en Estados Unidos sin estatus legal. Entraron legalmente, pero ahora no tienen estatus. Es muy probable, según este memorando, que se les diga que regresen a su país para el trámite consular en lugar de obtener una tarjeta de residencia dentro de Estados Unidos. Uno de los desafíos es que cuando solicitas una tarjeta verde dentro de los EE. UU., si el gobierno te la niega, tienes más derechos dentro de los EE. UU. para impugnar esa decisión negativa. Si estás fuera de los Estados Unidos, existe el concepto de no revisabilidad consular. 


Es alentador escuchar a los abogados decir que están procediendo y que impugnarán esto, las personas que ya han solicitado la tarjeta de residencia dentro de Estados Unidos o que están pensando en hacerlo, obtener representación legal o asesoría legal es más importante que nunca. Este memorando se suma a muchas otras medidas de la administración Trump que dificultan que las personas vengan a Estados Unidos legalmente o mantengan su estatus legal dentro de los Estados Unidos. Este memorando de política es solo una pieza de un muro que la administración está tratando de levantar para dificultar la entrada y la permanencia de los inmigrantes.





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